Canarias deberá corregir deficiencias en la homologación de máquinas, la planificación de rifas y el registro de prohibidos, según el Consultivo

| 15 de octubre de 2026

El Consejo Consultivo de Canarias ha emitido un dictamen favorable al Proyecto de Decreto de planificación de juegos y apuestas del archipiélago, aunque ha advertido de varias deficiencias técnicas y jurídicas que deben corregirse o justificarse antes de su aprobación definitiva. El Dictamen 317/2026, fechado el 7 de septiembre, señala contradicciones en la homologación provisional de máquinas recreativas, la ausencia de determinadas modalidades de juego tradicional y omisiones en la regulación del registro de personas con prohibición de acceso al juego.

Una planificación con cambios en los límites de autorizaciones

El proyecto pretende concentrar en un único instrumento la planificación del juego en Canarias y modificar los reglamentos generales de máquinas recreativas y de homologación y registro del juego. Entre las principales novedades figura la reducción de la vigencia de la planificación de diez a cinco años, con posibilidad de prórroga por otros cinco tras un informe de la Comisión del Juego.

La propuesta eleva a 45 el máximo de autorizaciones para salas de bingo y establece un límite de 422 para salones de juego. En cambio, reduce a 35 las autorizaciones para locales de apuestas externas. Los casinos mantienen un máximo de 12 autorizaciones, mientras que los hipódromos quedan limitados a siete, con un máximo de uno por isla.

El texto también excluye de la planificación las máquinas recreativas de tipo A, que no conceden premios en metálico, al considerar que, tras los cambios legales anteriores, estas quedan fuera del concepto estricto de juego.

Contradicciones en la homologación provisional

Una de las principales observaciones del Consejo Consultivo se refiere a la posibilidad de conceder homologaciones provisionales de máquinas durante tres meses sin exigir previamente ensayos de laboratorio. El órgano considera que esta previsión entra en contradicción con los artículos 20 y 21 del reglamento general aplicable.

Por ello, advierte de la necesidad de coordinar formalmente ambos textos para evitar incoherencias normativas e inseguridad jurídica en los procedimientos de homologación.

Las rifas y los sorteos, fuera del instrumento de planificación

El dictamen también cuestiona que el proyecto derogue el plan de 2003 sin incorporar una regulación específica para modalidades tradicionales como rifas, tómbolas, loterías y boletos. Esta omisión, según el órgano consultivo, resulta relevante porque el objetivo declarado de la norma es reunir la planificación del juego en un único instrumento.

La observación pone de relieve la necesidad de revisar el alcance de la planificación para evitar que estas modalidades queden fuera del marco que pretende establecer el nuevo decreto.

Observaciones sobre el registro de prohibidos

Otra de las cuestiones señaladas afecta a la regulación del registro de personas que no pueden acceder a establecimientos de juego. El proyecto establece que la inscripción voluntaria tendrá carácter indefinido, aunque permitirá solicitar su cancelación una vez transcurridos seis meses desde el alta.

El Consejo Consultivo detecta, sin embargo, que la redacción del artículo 24 no contempla expresamente a los terceros con interés legítimo reconocido judicialmente. La omisión puede generar dudas sobre el tratamiento de las prohibiciones establecidas por resolución judicial, por lo que el texto deberá revisarse para delimitar adecuadamente su alcance.

Dictamen favorable con observaciones

Pese a estas advertencias, el Consejo Consultivo concluye que el proyecto es conforme con el marco constitucional, estatutario y legal aplicable y considera que el Gobierno de Canarias dispone de competencia para regular la planificación de los juegos y apuestas en el archipiélago.

El dictamen es favorable, pero se emite sin perjuicio de las observaciones formuladas. Estas afectan a aspectos técnicos y de seguridad jurídica que deberán corregirse o justificarse antes de la aprobación definitiva de la norma.